Qué es la Ley de la Segunda Oportunidad

Qué vamos a ver: Ley de la Segunda Oportunidad en España: qué es, a quién beneficia, requisitos, limitaciones, y algún caso/ejemplo concreto con la forma de actuar de un abogado o asesor financiero personal.


  1. Qué es la Ley de la Segunda Oportunidad

La Ley de la Segunda Oportunidad (oficialmente: Ley 25/2015, de 28 de julio, de mecanismo de segunda oportunidad, reducción de la carga financiera y otras medidas de orden social) es un mecanismo legal pensado para personas físicas (particulares o autónomos) que se encuentran en una situación de insolvencia. (BOE)

El objetivo principal es permitir que estas personas puedan liberarse de sus deudas que ya no pueden afrontar, siempre que hayan actuado de buena fe, cediendo parte del patrimonio si es necesario, negociando con los acreedores, etc.; de ese modo puedan “empezar de nuevo”, sin arrastrar deudas eternamente.

El mecanismo permite:

  • negociar acuerdos con acreedores (acuerdo extrajudicial de pagos), si es posible;
  • si esos acuerdos no prosperan, solicitar al juzgado la exoneración del pasivo insatisfecho (BEPI) —es decir, que se cancelen ciertas deudas que no se han podido pagar, una vez cumplidos los trámites.

Aquí tienes un enlace directo al texto oficial para quien quiera leer la ley en detalle:
Ley 25/2015 en el BOE: https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2015-8469 (BOE)


A quién beneficia / quién puede acogerse

No cualquier persona, aunque esté endeudada, puede automáticamente acogerse. Estos son los principales beneficiarios potenciales y requisitos:

Beneficiarios

  • Personas físicas, ya sean particulares o autónomos, residentes en España.
  • No es aplicable directamente a sociedades mercantiles/factores que funcionan como empresas, salvo que se dé el concurso de acreedores correspondiente.

Requisitos principales

Para que el procedimiento pueda prosperar, el deudor debe cumplir con varios requisitos legales:

  1. Estado de insolvencia, actual o inminente: no poder hacer frente con los ingresos y bienes presentes/futuros de las deudas que tiene. (Ineaf Business School)
  2. Tener dos o más acreedores distintos. No importa el número de deudas, pero sí que haya al menos dos entidades o personas a quienes se les deba algo.
  3. Actuar con buena fe: no haber ocultado bienes, no haber incurrido en deudas de forma intencionada cuando se sabía que no se podrían pagar, no haber rechazado trabajos compatibles con la situación, no haber incurrido en delitos económicos o falsedad documental en los últimos años, etc.
  4. No haberse acogido a la Ley de la Segunda Oportunidad recientemente. Hay distintos plazos dependiendo de circunstancias (por ejemplo, 5 años, dependiendo de la exoneración previa).
  5. Que la totalidad de las deudas no supere ciertos límites: por ejemplo, algunas fuentes señalan hasta 5 millones de euros como tope para poder acogerse.

Además:

  • No tener antecedentes penales relacionados con delitos socioeconómicos, contra Hacienda, Seguridad Social, falsedad documental u otros delitos económicos en un determinado rango de años.
  • Que no se considere culpable el concurso (es decir, que no haya mala praxis o dolo que lo haya motivado).

Limitaciones y puntos críticos

Aunque ofrece una gran ayuda, la ley tiene ciertas limitaciones o condiciones que conviene conocer:

  • No todas las deudas pueden exonerarse completamente, especialmente las deudas con Hacienda y con la Seguridad Social tienen un tratamiento especial. En algunos casos sólo se pueden condonar hasta ciertos montos, o requerir planes de pago para las cantidades no exoneradas.
  • Las deudas nuevas que se generan después del inicio del procedimiento no se exoneran.
  • Hay que entregar los bienes que no sean imprescindibles, lo que puede implicar liquidar patrimonio. Bienes imprescindibles o necesarios para la actividad profesional pueden estar excluidos de esa obligación en ciertos casos.
  • Durante el procedimiento se paralizan normalmente las medidas ejecutivas (embargos, etc.), pero eso no significa que todo esté automáticamente detenido; se requiere seguir los pasos legales adecuados con el juzgado.
  • El papel del asesor financiero personal (o abogado especializado, o gestor) es clave, porque hay que preparar documentación, negociar con los acreedores, demostrar la buena fe, etc. Sin buen asesoramiento el procedimiento puede alargarse, fallar, o no conseguir la exoneración total.

Cómo actúa el abogado / asesor financiero personal en beneficio del cliente

El papel del abogado y/o del asesor financiero personal es fundamental; aquí se describe cómo suele proceder para maximizar las probabilidades de éxito para el cliente:

  1. Análisis inicial y recopilación de información
    • Hacer un diagnóstico completo: qué deudas hay (montos, acreedores), patrimonio, ingresos actuales y futuros, obligaciones mensuales, etc.
    • Verificar si se cumplen los requisitos legales: buena fe, ausencia de antecedentes, insolvencia, etc.
  2. Estudio de la viabilidad
    • Ver si es factible negociar con los acreedores un acuerdo extrajudicial de pagos que sea aceptable, o si conviene directamente iniciar el procedimiento judicial.
    • Ver si el patrimonio del cliente puede cubrir algunas deudas vendiendo bienes no esenciales sin perjudicar gravemente la capacidad de vivir/trabajar.
  3. Preparar toda la documentación
    • Listado de deudas, créditos, hipotecas, etc.
    • Pruebas de insolvencia, estado económico.
    • Documentos públicos: antecedentes penales, registros fiscales, etc.
    • Propuestas de plan de pagos o liquidación de activos cuando sea necesario.
  4. Negociación extrajudicial
    • Intento formal, con mediación si es posible, de negociar plazos, quitas o moratorias. Esto puede evitar la judicialización del asunto si los acreedores aceptan.
  5. Presentación ante el juez
    • Si no hay acuerdo extrajudicial, demanda al juzgado mercantil competente para la exoneración del pasivo insatisfecho.
    • Defensa de las condiciones de buena fe, demostrando que el cliente ha actuado de manera adecuada, que no ha ocultado bienes, etc.
  6. Seguimiento post-exoneración
    • Verificar si hay obligaciones pendientes, posibles impugnaciones por parte de acreedores.
    • Acompañar al cliente para que mantenga la conducta adecuada que no pueda poner en riesgo la exoneración (por ejemplo, no incurrir en deudas nuevas de forma irresponsable, declarar los bienes nuevos, etc.).

Un ejemplo basado en un caso real

Para ilustrar lo que puede suponer:

Un caso reciente (una madre soltera en Canarias) logró que un juez exonerase 128.000 euros de deuda gracias a la Ley de la Segunda Oportunidad. La deuda se había acumulado por inestabilidad laboral y por los gastos de cuidado de su hijo pequeño. El procedimiento implicó demostrar su estado de insolvencia, su buena fe, que negociaba con los acreedores y que no podía asumir los pagos.

En ese caso, su abogada asesoró para que se documentara todo (pruebas de ingresos, contratos temporales, facturas, situación del hogar), negoció lo que pudo con los acreedores privados, y luego presentó la solicitud de exoneración ante el juzgado. Esto le permitió “empezar de nuevo” sin tener que seguir cargando con esas deudas insoportables.

También hay casos en los que la solicitud es denegada, por ejemplo si faltan pruebas de buena fe, si hay antecedentes penales económicos o si se ocultan bienes, como ocurrió recientemente en Baleares con una mujer cuyo historial de multas de tráfico y falta de transparencia impidieron que el tribunal aceptara su petición. (Cinco Días)


Ventajas y motivaciones para acogerse

  • Permite detener embargos, ejecuciones o intereses que siguen acumulándose mientras se tramita la solicitud.
  • Reorganizar la vida financiera: liberarse de cargas que ya no se pueden mantener.
  • Volver a tener acceso al crédito o al sistema financiero, aunque sea en condiciones diferentes, una vez superada la exoneración.
  • Mejora de salud mental y reducción del estrés al no estar constantemente acosado por la deuda.

En qué te puedo ayudar

Si estás en una situación en la que no puedes hacer frente a tus deudas, puede que esta Ley de la Segunda Oportunidad sea una solución real.

Cómo asesor financiero personal con estudios universitarios de Derecho, especializado en gestión de finanzas personales, y colaborador del bufete de abogados especializados puede estudiar tu caso concreto, ver si cumples los requisitos y acompañarte durante todo el proceso.

Si te quedan dudas, tanto legales como prácticas (¿mi deuda con Hacienda se exime? ¿Tengo que entregar mi casa? ¿Cuánto cuesta el trámite? etc.), puedes preguntarme ahora.


 

Preguntas frecuentes (FAQs) sobre la Ley de la Segunda Oportunidad

 

1. ¿Qué deudas se pueden cancelar con la Ley de la Segunda Oportunidad?

La mayoría de deudas personales, como préstamos bancarios, tarjetas de crédito, microcréditos o facturas pendientes, pueden ser exoneradas.

En el caso de deudas públicas (Hacienda y Seguridad Social), desde la reforma de 2022 es posible cancelar una parte, hasta ciertos límites, y el resto puede quedar sujeto a un plan de pagos. Cada situación debe analizarse de manera individual por un abogado o asesor financiero personal.

 

2. ¿Voy a perder mi vivienda si me acojo a esta ley?

Depende del caso. Si la vivienda es la residencia habitual y está hipotecada, hay juzgados que permiten mantenerla siempre que se pueda seguir pagando la hipoteca y no haya exceso de valor en la tasación. Sin embargo, en otros supuestos puede ser necesario liquidarla para atender a los acreedores. El criterio no es uniforme y requiere un análisis detallado por un profesional especializado.

 

3. ¿Cuánto dura el proceso de la Ley de la Segunda Oportunidad?

El tiempo varía según la complejidad del caso y la carga de trabajo de los juzgados. De media, puede tardar entre 6 meses y 18 meses desde el inicio hasta la exoneración final. Una buena preparación documental y contar con un abogado o asesor financiero personal experimentado ayuda a acortar plazos.

 

4. ¿Puedo acogerme a esta ley si tengo deudas con Hacienda o con la Seguridad Social?

Sí, pero con matices. Desde 2022 la normativa permite cancelar parte de esas deudas, hasta determinados importes (por ejemplo, hasta 10.000 € con Hacienda y otros 10.000 € con Seguridad Social), y el resto se puede pagar mediante un plan de pagos flexible. Es fundamental planificarlo con un profesional para maximizar el beneficio.

 

5. ¿Qué requisitos debo cumplir para poder solicitarla?

Los principales requisitos son:

* Estar en situación de insolvencia real (no poder pagar las deudas de forma sostenible).

* Tener dos o más acreedores.

* No haber cometido delitos económicos en los últimos años.

* Actuar de buena fe (no ocultar bienes ni ingresos, no endeudarse de forma fraudulenta, colaborar con el procedimiento).

* Que la deuda no supere los 5 millones de euros.

 

6. ¿Qué beneficios obtengo al acogerme a la Ley de la Segunda Oportunidad?

Los más destacados son:

* Paralización de embargos y reclamaciones mientras dure el procedimiento.

* Cancelación parcial o total de las deudas al finalizar.

* Posibilidad de conservar bienes esenciales para la vida diaria o la actividad laboral.

* Recuperar la tranquilidad, mejorar la salud emocional y tener una nueva oportunidad de reiniciar la vida financiera sin cargas insostenibles.

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