22 Oct Fiscalidad de los Fondos de Inversión
La fiscalidad de los fondos de inversión es la gran ventaja de este producto de inversión.
Contenido
Tributación de los fondos de inversión
Entre la ventajas de invertir en un fondo de inversión, a la hora de tributar, son las que más afectan al rendimiento último de esta herramienta de inversión.
La primera ventaja fiscal de los fondos de inversión es: El partícipe de un fondo de inversión únicamente tributa cuando realiza el reembolso de sus participaciones parcialmente o totalmente. En ese preciso momento, se genera un rendimiento positivo o negativo sobre su inversión en el fondo.
Estos rendimientos a afectos fiscales tiene la consideración de ganancia o pérdida patrimonial, y como tal debe integrarse en la base imponible del ahorro en el IRPF, tributando según los siguientes tramos a fecha de hoy:
Resto de España | País Vasco | Navarra |
Hasta 6.000 € – 19 % Entre 6.000 y 50.000 € – 21 % Más de 50.000 € – 23 % |
Hasta 2.500 € – 20 % Entre 2.500 y 10.000 € – 21 % Desde 10.000 hasta 15.000 € – 22 % De 15.000 a 30.000 € – 23 % Más de 30.000 € – 25 % |
Hasta 6.000 € – 20 % Entre 6.000 € y 24.000 € – 24 % Más de 24.000 € – 27 % |
Traspaso de capital entre fondos de inversión
Otra ventaja fiscales de los fondos de inversión es que el traspaso entre fondos está 100% exento de tributación. Si el inversor decide cambiar su inversión de un fondo a otro, no tienes que pagar impuestos por las ganancias obtenidas hasta esa fecha, lo que se conoce como plusvalía latente, que todavía no se ha hecho efectiva.
Compensación de pérdidas
El dinero obtenido después del reembolso de las participaciones de un fondo de inversión tiene la consideración de ganancia o pérdida patrimonial. A la hora de la integración y compensación de los distintos componentes de la Base Imponible del Ahorro, que fue modificada en la última reforma del IRPF, queda de la siguiente forma (art.49 de la Ley de IRPF):
- Los rendimientos de capital mobiliario (como son los intereses de cuentas corrientes, depósitos, dividendos, u otros), se integran en la base imponible del ahorro; y si los rendimientos obtenidos son negativos, su importe se compensará con el saldo positivo de las ganancias y pérdidas patrimoniales del otro componente de la base imponible del ahorro. Esta integración tiene el límite del 25 por ciento de dicho saldo positivo.
- La ganancias y pérdidas patrimoniales que se integran en la base imponible del ahorro (como son la venta de fondos de inversión, acciones, inmuebles, u otros), si el saldo de la integración y compensación fuera negativo, su importe se compensará con el saldo positivo del otro componente de la base imponible del ahorro, los rendimientos de capital mobiliario; también con el límite del 25 por ciento del saldo positivo.
- Cuando en ambos casos, si después de las compensaciones quedase saldo negativo, su importe se podrá compensar en los cuatro años siguientes.
Deducciones aplicables a los fondos de inversión
A la hora de tributar los fondos de inversión, hay gastos que pueden ser deducidos:
Son deducibles los gastos asociados a la adquisición y a la venta de las propias participaciones de los fondos e inversión. Se trata de aquel dinero que hayas pagado al comprar las participaciones del fondo o el dinero de menos que hayas recibido en caso de venta de participaciones. El importe resultante es deducible.
A la hora decidir invertir tus ahorros en un fondo de inversión, es importante contar con la mejor información sobre este producto financiero; es por eso que hemos visto la fiscalidad de los fondos de inversión.
Espero que esta información te haya sido de interés. Si tiene una duda sobre fiscalidad es importante contar con profesionales
Con el fin de tomar las mejores decisiones de inversión es importante conocer sus consecuencias fiscales; para ello es recomendable contar con profesionales fiscalistas con experiencia que te asesoraran sobre cual es la mejor opción de inversión dependiendo de tus circunstancias personales y familiares, así como tu perfil de inversos.
¿Tienes una consulta sobre fondos de inversión? Puedes hacerla al Whatsapp de la web o por mail y te contestará un abogado experto en fiscalidad.
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